En Argentina, el derecho a una muerte digna se encuentra amparado por la Ley 26.742, sancionada en 2012. Esta normativa permite a pacientes con enfermedades terminales o incurables rechazar procedimientos que prolonguen artificialmente la vida, como la alimentación o hidratación forzadas. Sin embargo, más de una década después, su aplicación efectiva dista de ser una realidad uniforme en el sistema de salud, generando un vacío entre el marco legal y la práctica cotidiana.
Un consenso social que no se traduce en acción
Distintos estudios académicos, incluidos los del Conicet y universidades nacionales, coinciden en señalar un respaldo mayoritario de la sociedad argentina al derecho a decidir sobre el final de la vida. Este apoyo transversal incluso permea en sectores religiosos. «Creo profundamente en que las personas puedan decidir sobre la dignidad de su muerte. Nadie puede obligar a otro a sufrir», afirmó la exdiputada Mara Brawer, autora de un proyecto de ley sobre muerte médicamente asistida.
No obstante, este consenso no logra impulsar avances legislativos concretos. Brawer describe una «imposibilidad política» para que el tema ingrese en la agenda parlamentaria, donde si bien no encuentra un rechazo explícito, es desplazado por otras prioridades coyunturales. Los proyectos que buscan ampliar los derechos hacia la eutanasia activa permanecen en comisiones, sin tratamiento.
La ley vigente y sus falencias en la práctica
Desde el campo de la bioética, el médico Carlos Soriano advierte sobre las graves deficiencias en la aplicación de la ley actual. «Recibo dos o tres consultas semanales sobre muerte digna», señaló el especialista, destacando que el problema central es la falta de información tanto para la población como para los propios equipos de salud.
Soriano explica que, en la práctica, las situaciones familiares y médicas suelen derivar en dilaciones que prolongan innecesariamente el sufrimiento del paciente. «Ese ‘esperemos un poco más’, en una persona con una enfermedad insoportable, pueden ser años», afirmó. El eje, según su perspectiva, es la autonomía individual: el derecho de cada persona a definir qué considera una muerte digna.
El debate pendiente: la eutanasia activa
Mientras la «muerte digna» implica abstenerse de intervenciones, la eutanasia activa propone una acción médica directa para provocar la muerte en condiciones controladas. En Argentina, esta práctica no está legalizada. Un caso emblemático, conocido como «Ley Alfonso» en Córdoba, expuso crudamente los límites legales. Ante un paciente con una enfermedad grave e irreversible, la única alternativa dentro de la ley era retirar la alimentación, un proceso que podría durar semanas.
Un cambio cultural pendiente
Expertos coinciden en que la discusión trasciende lo médico y lo legislativo para adentrarse en lo cultural. Hablar abiertamente sobre la muerte y el derecho a decidir sigue siendo un tabú difícil de instalar en la conversación pública. La creciente visibilidad de casos concretos y el respaldo social parecen empujar lentamente un debate que, para muchos, ya no puede postergarse. La pregunta que persiste es por qué, existiendo una ley y un consenso, aún se prolonga el sufrimiento de quienes buscan decidir sobre su propio final.
