viernes, 10 julio, 2026
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Ordenan la captura de un hombre que se fugó tras ser condenado por trata y explotación de personas

El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay declaró en rebeldía a Rubén Alberto Cabra, alias “Petro”, y emitió una orden de captura nacional e internacional tras su desaparición en Chaco.

Rubén Alberto Cabra, alias “Petro”, fue condenado el 16 de junio a 10 años de prisión por los delitos de trata de personas, explotación sexual y promoción de la prostitución de menores y adultos. Desde entonces, el hombre abandonó su domicilio en la provincia de Chaco sin autorización judicial y su paradero es desconocido.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay lo declaró en rebeldía el 24 de junio y libró una solicitud de captura nacional e internacional. La medida fue firmada por el juez Jorge Sebastián Gallino tras constatar que Cabra incumplió las reglas de conducta impuestas luego del veredicto.

La Gendarmería Nacional intentó notificarlo en el domicilio declarado en Chaco, pero fue atendida por su madre, quien afirmó desconocer su paradero desde hacía aproximadamente un mes. Las tareas de averiguación incluyeron visitas a tres domicilios vinculados al condenado, donde se entrevistó a su pareja y su cuñada. Ambas declararon no tener contacto con Cabra desde hacía un tiempo. Una de ellas indicó que el acusado había retirado todas sus pertenencias de la vivienda donde residía.

El condenado no se presentó a la audiencia de detención definitiva del 23 de junio, instancia que debía dejar firme la condena. Ante esa ausencia, el juez consideró acreditado que Cabra abandonó el domicilio sin autorización judicial y ordenó su captura.

La sentencia

Cabra, de 43 años, fue condenado el 16 de junio en un juicio oral iniciado el 22 de abril. Participó de forma remota desde el destacamento Villa Ángela de Gendarmería Nacional, en Chaco. La jueza Mariela Emilce Rojas, como tribunal unipersonal, lo halló responsable de tres delitos: promoción y facilitación de la prostitución de menores mediante engaños y amenazas, promoción y facilitación de la prostitución de mayores de edad, y trata de personas adultas. Los delitos fueron considerados en concurso ideal y la pena se fijó tomando como referencia el delito de mayor gravedad.

El fallo también ordenó el decomiso de un inmueble de Cabra ubicado sobre la Ruta Provincial N° 39. El producido se destinará primero al pago de la indemnización a la víctima J.V.C., y, de haber remanentes, al Fondo de Asistencia Directa a Víctimas, administrado por el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata.

Además, el tribunal dispuso el pago de $65.292.000 de reparación económica a J.V.C., una adolescente en situación de vulnerabilidad que fue captada mediante engaño, trasladada y explotada sexualmente en un prostíbulo de Concepción del Uruguay. La suma deberá actualizarse desde el momento de la lectura de los fundamentos con un interés mensual del 2,5% hasta que la víctima perciba la totalidad del monto.

Durante el juicio, la fiscalía había solicitado la detención de Cabra, pero el tribunal no ordenó su prisión preventiva tras el veredicto. Esa decisión permitió que el condenado permaneciera en libertad con reglas de conducta, condición que no cumplió. La captura nacional e internacional ahora vigente busca garantizar el cumplimiento de la condena.

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