A través del Decreto 770/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Registro Nacional de Armas (Renar) pasó a funcionar como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional, con nuevas competencias y estructura jerárquica.
El Gobierno nacional, mediante el Decreto 770/2026 publicado en el Boletín Oficial este viernes, dispuso que el Registro Nacional de Armas (Renar) funcione como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional. La medida, firmada por el presidente Javier Milei y todos sus ministros, establece la nueva estructura, conducción y atribuciones del organismo.
Según el texto oficial, el Renar tendrá entre sus objetivos “prevenir y combatir la violencia armada y el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y materiales relacionados”.
El organismo pasará a estar encabezado por un director ejecutivo con rango y jerarquía de secretario, seguido de un subdirector con rango y jerarquía de subsecretario. Ambos serán designados por el Poder Ejecutivo, lo que eleva el nivel jerárquico de la conducción del Renar.
El decreto detalla las nuevas funciones del ente sobre armas, municiones y artefactos explosivos, que incluyen: registración y fiscalización; fabricación y comercialización; adquisición, transferencia y traslado; controles de tenencia y portación; importación, exportación y tránsito; secuestros, incautaciones y decomisos; y destrucción de materiales controlados.
Asimismo, el Renar tendrá bajo su órbita el Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos, el Registro Único de Información y un banco nacional informatizado de datos.
El texto aclara que la reorganización no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.
En el anexo del artículo 2° del decreto, el Renar fue incluido en la categoría de “Organismos Desconcentrados” del Ministerio de Seguridad Nacional, junto a la Agencia Federal de Emergencias, el Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, la Policía Federal y la Prefectura Naval. Esta clasificación administrativa no le otorga el rango de fuerza de seguridad, pero lo iguala en categoría administrativa.
El director ejecutivo tendrá a su cargo la conducción y representación del organismo, y podrá imponer sanciones administrativas a personas físicas y jurídicas sometidas a su control. También podrá dictar actos administrativos generales y particulares para aplicar e interpretar el régimen sobre armas de fuego, materiales controlados y explosivos de uso civil.
Además, se le otorgan facultades para disponer medidas preventivas o cautelares, como la suspensión preventiva de autorizaciones o habilitaciones y la inmovilización administrativa de materiales controlados. También podrá aprobar procedimientos vinculados con la registración, fiscalización, control, trazabilidad e intercambio de información sobre esos materiales y sus usuarios.
En julio de 2025, mediante el decreto 445/2025, el Gobierno había reconvertido la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) nuevamente en el Renar, organismo creado en 1975 como órgano de aplicación de la ley nacional de armas y explosivos 20.429, promulgada en 1973.
La reposición del Renar se inscribe en una serie de medidas adoptadas por la administración Milei para desregular el mercado de armas, entre las que se incluyen la eliminación del período de oposición de 15 días para quienes objeten a quien pretenda obtener o renovar su permiso de tenencia, la simplificación de la renovación de la condición de Legítimo Usuario (LU), la disponibilidad de la credencial digital, la baja de 21 a 18 años como base para la obtención de la LU, la autorización de tenencia controlada de fusiles de asalto semiautomáticos y la eliminación de la tasa anual que debían pagar entidades de tiro, cazadores y usuarios comerciales y colectivos.
