viernes, 14 agosto, 2026
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La Justicia Federal de Córdoba ratificó que PAMI e Incluir Salud deben pagar deudas a prestadores de discapacidad

El juez Hugo Vaca Narvaja ordenó regularizar en 72 horas los pagos a todo el colectivo de personas con discapacidad, tras constatar un incumplimiento generalizado.

El juez federal de Córdoba, Hugo Vaca Narvaja, ratificó un fallo de fondo que ordena al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación, a través del programa Incluir Salud, normalizar y regularizar el pago de prestaciones a instituciones y prestadores de discapacidad. La medida fue dictada en el marco de una acción de amparo colectiva presentada por la señora A. A. del C., curadora de su hijo M. I. C., quien tiene diagnóstico de retraso mental grave y es beneficiario del sistema de salud por su condición de discapacidad.

Según informó el magistrado a LA NACION, el Estado Nacional cumplió con el pago individual al hijo de la amparista, pero no con el resto del colectivo. “Solo le cumplieron al actor, pero a nivel individual, desconocieron al colectivo. Concedí la apelación pero sin efectos suspensivos”, declaró Vaca Narvaja. El nuevo fallo conmina a que en 72 horas se regularicen los pagos de las prestaciones previstas en la ley 24.901 a todos los integrantes del colectivo.

La demanda fue interpuesta como una acción de amparo colectiva en la que A. A. del C. representa a un grupo integrado por titulares de pensiones no contributivas que cuentan con un Certificado Único de Discapacidad y reciben cobertura a través de Incluir Salud o PAMI, así como a un grupo secundario conformado por progenitores, tutores, curadores, apoyos y cuidadores de esas personas.

El fallo señala que, aunque Incluir Salud acreditó pagos al joven por diciembre de 2025 y enero de 2026, esa conducta no desvirtúa el incumplimiento generalizado hacia el resto. El juez interpretó que esa cancelación demuestra que el organismo tenía la obligación de pagar y la disponibilidad de fondos para hacerlo, lo que evidenciaba que la demora en el resto de los casos era injustificada.

El texto advierte que, mientras se cumplía con el caso individual de la amparista, persistía la “desatención del resto de los integrantes del colectivo”. Esto se corroboró con los informes de diversas instituciones como Apadim, Cottolengo Don Orione y la Asociación Civil Alegría, que reportaron deudas pendientes de más de cinco meses.

El fallo también resalta una contradicción en la postura del Estado Nacional: Incluir Salud sostenía que la Provincia de Córdoba era la “primera obligada” a brindar las prestaciones a M. I. C., pero terminó pagando esas mismas facturas en mayo pasado. Como el cumplimiento fue solo “parcial e individualizado”, Vaca Narvaja consideró que la resolución debe tener efecto expansivo a todo el colectivo representado y ordena que se cancelen las facturas de todos los beneficiarios que cumplen con los requisitos de la clase.

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