Alrededor de 110 expedientes por juicios interprovinciales tramitan en la Corte Suprema, mientras solo el 14% de los límites está fijado por leyes del Congreso. La disputa entre La Pampa y Mendoza por el río Atuel es el caso más reciente.
Buenos Aires, 27 de septiembre (NA) – El artículo 127 de la Constitución Nacional establece que «ninguna provincia puede declarar, ni hacer la guerra a otra provincia. Sus quejas deben ser sometidas a la Corte Suprema y dirimidas por ella». A pesar de ello, en la Argentina del siglo XXI persisten enfrentamientos interprovinciales por territorios en disputa, recursos naturales y cuestiones económicas.
Según registros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alrededor de 110 expedientes corresponden a juicios interprovinciales. Un alto porcentaje (cerca de 70) son demandas de provincias contra el Estado Nacional, y al menos 5 fueron iniciados por el Estado Nacional contra gobernaciones. Estas cifras fueron brindadas a Noticias Argentinas por el máximo tribunal.
Uno de los núcleos del conflicto es que solo el 14% de los límites entre provincias están fijados por leyes aprobadas por el Congreso Nacional, tal como lo estipula la Constitución. El restante 86% está subdividido por un complejo entramado jurídico que incluye decretos de dictaduras, acuerdos heredados de reales cédulas coloniales y laudos arbitrales del siglo XIX sin aprobación parlamentaria.
Entre los casos relevantes se encuentran:
- Mendoza y La Pampa: por las consecuencias socioeconómicas y ambientales de las represas mendocinas del río Atuel y por las regalías.
- Entre Ríos y Santa Fe: por la soberanía de islas e islotes formados por sedimentación y cambios del cauce del río Paraná.
- Salta y Jujuy: por tierras ricas en minerales y poblaciones.
- Salta y Catamarca: por territorios con yacimientos de litio, con una salida negociada de regalías.
- Santiago del Estero y Catamarca: por una zona fronteriza de 2.000 km².
- La Rioja y San Juan: por un límite en disputa en el distrito de Vicuña, con riqueza en petróleo y gas.
- Río Negro y Neuquén: por la Isla Victoria en el lago Nahuel Huapi y otros islotes.
- Río Negro y Chubut: por deudas en obras y una zona limítrofe mal demarcada.
En 2011 el Instituto Geográfico Nacional publicó el documento «Representación gráfica de los límites interprovinciales en la República Argentina», que sistematizó la información disponible. La investigación demostró que hay muchos tramos sin demarcar en varias jurisdicciones, y en el caso de Salta y Jujuy ese faltante recorre toda la línea interprovincial.
Noticias Argentinas consultó a las gobernaciones afectadas. Algunas respondieron y otras no. También opinaron expertos. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez señaló: «Teniendo en cuenta los históricos conflictos armados y fratricidas entre las provincias argentinas que signaron el proceso previo a la organización nacional, los convencionales constituyentes idearon un mecanismo de solución pacífica de estas controversias, estableciendo la competencia originaria dirimente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación». Y agregó: «los problemas comienzan cuando las provincias contendientes no cumplen de buena fe lo resuelto por la Corte Suprema».
Los expertos en Geografía Esteban Salizzi y Malena Mazzitelli Mastricchio escribieron para NA: «Las disputas limítrofes entre las provincias tienen dos aristas: la cuestión técnica, por dónde pasa y cómo se define el trazado del límite; y la cuestión político-económica, que remite a los recursos, bienes, localidades e infraestructuras que quedan situadas de un lado u otro».
El constitucionalista Pedro Caminos explicó que la Constitución «conserva cláusulas pensadas para la ‘normalidad’ política del siglo XIX» y que el artículo 127 confiere a la Corte Suprema una «competencia dirimente» para conflictos interprovinciales.
Desde la Academia Nacional de Geografía, Héctor Pena y Ezequiel Pallejá afirmaron: «Aún existe un déficit significativo en la demarcación limítrofe que originó conflictos entre provincias». Y concluyeron: «Completar las demarcaciones limítrofes constituye una asignatura pendiente».
La Pampa vs. Mendoza: el caso del río Atuel
El conflicto más resonante es el que enfrenta a La Pampa con Mendoza por el río Atuel, que data de hace casi 80 años. Comenzó en 1947 con la construcción de la represa hidroeléctrica Los Nihuiles en Mendoza, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón, que perjudicó río abajo a La Pampa. Desde 1973 también se disputa la distribución de regalías.
En las últimas semanas el conflicto escaló por un decreto del gobierno nacional de Javier Milei que redujo los beneficios que recibe La Pampa y favoreció a Mendoza. El presidente anuló un decreto del gobierno de facto de Agustín Lanusse que establecía que ambas provincias recibirían lo mismo por las regalías de Los Nihuiles. La modificación subió al 12% las regalías, pero bajó a la mitad lo que recibía La Pampa.
El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, anticipó que pedirá a la Corte Suprema que incluya esa variante en el expediente para exigir a La Pampa la devolución de regalías pagadas en medio siglo, lo que podría llegar a 680 millones de dólares sin intereses.
El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, anunció la presentación de una medida cautelar para pedir la «suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial Nº 982/2026». En redes sociales, Ziliotto escribió: «Río Atuel: sus regalías también son pampeanas». Y agregó: «Nos respaldan leyes, acuerdos y sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación».
Cornejo respondió: «Gobernador, mezclar la interjurisdiccionalidad del río Atuel con el origen de las regalías hidroeléctricas es confundir dos cuestiones distintas. El río es interjurisdiccional. La fuente hidroeléctrica que genera la energía de Los Nihuiles está íntegramente en Mendoza». Y añadió: «Mientras La Pampa se dedica a judicializar cada decisión, Mendoza planifica, ejecuta e invierte en obras».
La disputa continúa casi 80 años después de haber comenzado.

