lunes, 10 agosto, 2026
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La ANMAT prohibió un insumo de uso dermatológico tras una denuncia por robo

La ANMAT prohibió en todo el país el uso, comercialización y distribución del dermatoscopio FotoFinder, modelo skeen, luego de que la empresa titular del producto denunciara el robo del equipo. La decisión fue oficializada mediante la Disposición 4945/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, comercialización y distribución del dermatoscopio FotoFinder, modelo skeen, tras la denuncia de robo del equipo realizada por la empresa titular del producto. La medida fue oficializada mediante la Disposición 4945/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El dispositivo, registrado bajo el número PM1958-65 y clasificado como producto de riesgo I, se utiliza en el ámbito de la dermatología para la captura y documentación estandarizada de imágenes microscópicas y macroscópicas. Su función permite facilitar la evaluación inicial de lesiones cutáneas y el seguimiento de pacientes.

La prohibición surgió a partir de una denuncia por robo del equipo, presentada por Aler SM S.A., empresa inscripta como fabricante e importadora de productos médicos. La firma notificó formalmente la sustracción y dio inicio al procedimiento de control correspondiente.

El caso fue analizado por el servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS). Según consta en el expediente, la denuncia policial fue presentada ante la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y quedó acompañada por el certificado de actuación identificado como IF-2026-62681861-APN-DVPS#ANMAT.

El principal motivo de preocupación fue que, tras el robo, se desconoce la condición y el estado del equipo sustraído. Esa incertidumbre llevó al área técnica de la DEYGMPS a recomendar la prohibición total del uso, comercialización y distribución del producto. El objetivo de la decisión es resguardar a potenciales usuarios y adquirentes frente a un dispositivo que quedó fuera del circuito habitual de control.

La disposición también establece notificaciones a organismos sanitarios y administrativos, entre ellos el Instituto Nacional de Productos Médicos, las autoridades sanitarias jurisdiccionales y la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo, dependiente de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial. También fueron informadas distintas áreas técnicas y jurídicas del Ministerio de Economía.

La ANMAT recordó que toda persona o institución que detecte la presencia o circulación del dermatoscopio mencionado debe abstenerse de utilizarlo y comunicar la situación a las autoridades competentes.

Esta decisión se conoce una semana después de que la ANMAT prohibiera el uso, comercialización y distribución de ÁTOMO Desinflamante Forte y ÁTOMO Desinflamante Clásico, dos especialidades medicinales pertenecientes a Gramon Millet S.A. En ese caso, la medida alcanzó al lote 00023 de Átomo Desinflamante Forte x 100 gramos, con vencimiento 05/28, y al lote 00214 de Átomo Desinflamante Clásico x 110 gramos. La prohibición se originó por el robo de 5.740 unidades de Átomo Desinflamante Forte y 3.360 unidades de Átomo Desinflamante Clásico en instalaciones de Dalban Pharma S.A.

Una situación similar ocurrió con ZETROTRAX jarabe por 240 mililitros, otro medicamento alcanzado por una prohibición de la ANMAT. En este caso, también se trató de unidades sustraídas en la planta de Laboratorios Dalban. La prohibición comprendió 6.360 frascos, correspondientes a 2.314 unidades del lote EAIB6, 1.706 del EAIB7 y 2.340 del EAIB8.

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