En un contexto de mayor oferta de propiedades, la pregunta «¿Aceptan mascotas?» se ha convertido en un filtro decisivo para muchos inquilinos, influyendo en los tiempos de ocupación de los inmuebles.
En el mercado de alquileres de la Ciudad de Buenos Aires, la aceptación de mascotas se ha transformado en una variable cada vez más relevante durante la búsqueda de un inmueble. La pregunta por los animales domésticos suele ser uno de los primeros filtros para un segmento creciente de inquilinos, y una respuesta negativa puede llevar al descarte inmediato de la propiedad.
Según datos del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (Cucicba), la oferta de alquileres en CABA se incrementó un 176,55% desde la entrada en vigencia del DNU 70/2023 en diciembre de 2023, con un aumento de más del 10% en el último mes. En este escenario de mayor disponibilidad, los propietarios que no aceptan animales domésticos podrían enfrentar plazos de desocupación más prolongados.
«Los propietarios que no aceptan animales domésticos corren en desventaja y eso puede convertirse en un motivo definitivo para que no se alquile un inmueble», afirmó Daniel Salaya Romera, director de una inmobiliaria homónima.
La creciente importancia de las mascotas en los hogares porteños está respaldada por cifras oficiales. El último censo de la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires registró 861.852 mascotas (493.676 perros y 368.176 gatos) en los hogares de CABA. Esta cifra supera a la población de niños de entre 0 y 14 años, que alcanza los 460.696 individuos. Paralelamente, la proporción de familias que conviven con mascotas pasó del 50% en 2014 a entre el 75% y 80% en la actualidad.
Sin embargo, la oferta de propiedades que aceptan mascotas no se equipara a esta demanda. Según el portal Zonaprop, de los casi 14.500 avisos de departamentos en CABA, solo alrededor de 2.900 (el 20%) tienen activa la opción de «acepto mascotas». Se estima que aproximadamente el 30% de los propietarios aún se resisten a permitir animales en sus propiedades.
Desde el punto de vista legal, un propietario puede prohibir la tenencia de animales si dicha cláusula está expresamente consignada y aceptada en el contrato de locación, o si existe una restricción en el reglamento de copropiedad del edificio. «Si un inquilino quiere tener una mascota debe, antes de firmar, revisar tanto el contrato de locación como el reglamento de copropiedad y el código de convivencia», aconsejó Salaya Romera.
La discusión también trasciende al contrato, alcanzando a modificaciones en las unidades, como la instalación de redes de seguridad en balcones para protección de los animales, que en algunos consorcios generan reclamos por considerarse alteraciones no autorizadas.
En un mercado con mayor oferta, la flexibilidad en las condiciones, incluida la aceptación de mascotas, se presenta como un factor que puede agilizar la locación y reducir los tiempos de vacancia de las propiedades.
