domingo, 26 julio, 2026
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La CBP cambia las reglas para cruzar en bicicleta o scooter por la frontera a partir del 15 de junio

Desde el 15 de junio de 2026, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos prohibirá el uso de bicicletas, scooters y otros medios similares en los carriles vehiculares de los puertos de entrada de Calexico, California. Los usuarios deberán utilizar las zonas peatonales.

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de Estados Unidos anunció, mediante un comunicado emitido el lunes 8 de junio, una nueva normativa que entrará en vigor el 15 de junio de 2026. La medida afecta a los puertos de entrada de Calexico, en California.

A partir de esa fecha, los siguientes vehículos no autorizados para su uso en vías públicas no podrán ingresar a Estados Unidos a través de los carriles de inspección vehicular: bicicletas, bicicletas eléctricas, scooters mecánicos y eléctricos, y otros dispositivos de transporte personal similares.

Según la CBP, los viajeros que utilicen estos medios podrán ingresar al país utilizando las zonas de control peatonal, donde serán examinados y procesados. Las autoridades indicaron que el cambio busca mejorar la seguridad de las personas que cruzan la frontera y del personal de la CBP, así como reducir el riesgo de accidentes en las zonas de procesamiento vehicular con alto tráfico.

La CBP recomendó a los viajeros planificar con anticipación, prever tiempo adicional para cruzar la frontera y familiarizarse con los nuevos procedimientos antes de llegar a los puertos de entrada de Calexico.

En el ámbito estatal y local, durante 2025 y la primera mitad de 2026, varias jurisdicciones avanzaron con normativas para regular el uso de scooters y bicicletas eléctricas. Entre ellas: en Illinois, la SB 3336 clasifica como ciclos impulsados por motor a los dispositivos que superen las 28 millas por hora, requiriendo licencia de conducir, título de propiedad y seguro obligatorio. En Nueva York, la A116 propone un manual oficial de seguridad para operadores de scooters eléctricos y un requisito de licencia específica. En Nueva Jersey, la S4834/A6235, vigente desde el 19 de julio, exige edad mínima de 15 años, licencia de conducir o permiso específico, registro e identificación del rodado y seguro. En California, la AB 1942 propone registrar las bicicletas eléctricas de clase 2 y 3 ante el Departamento de Vehículos Motorizados. En DeLand, Florida, una ordenanza municipal aprobada en marzo prohíbe el uso de bicicletas eléctricas en las aceras, sumándose a la restricción previa para bicicletas, scooters y monopatines en las veredas del centro.

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