jueves, 5 diciembre, 2024
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La licencia de conducir ahora tendrá 10 años de vigencia en Mendoza

La Cmara de Diputados de la provincia convirti en ley la extensin de la vigencia de las licencias de conducir.

El proyecto cont con los votos positivos de todos los legisladores, pero el mismo lleg a la Cmara inicial (Diputados) con algunas correcciones del Senado.

Es que la oposicin advirti que deba realizarse una modificacin en la redaccin para dejar en claro desde cuando se aplicar su vigencia.

La propuesta inicial, en el Artculo 22 bis de la Ley de Trnsito, hablaba de «licencias otorgadas» y daba lugar a que se interpretara que la ampliacin de la vigencia se aplicara tambin a las licencias ya dadas, que son las que tienen vigencia de 5 aos.

Es por eso que el texto se modific para que quedase claro que los nuevos plazos de vencimiento eran para «las licencias que se otorguen», es decir las que se dieran despus de que se promulgue la ley.

Ahora el texto modificado qued redactado as:

Artculo 22, bis.

Duracin: las licencias de conducir que se otorguen en el mbito de la Provincia para conductores no profesionales de hasta 65 aos de edad tiene una vigencia de 10 aos, a excepcin de los condenados por delitos de conduccin antirreglamentaria de un vehculo automotor; para reiterantes de la infraccin del Artculo 2, Inciso 7 de la presente ley y para reiterantes de la Contravencin del Artculo 67 bis de la Ley 9.099, en cuyo caso el plazo ser de 5 aos. Las licencias que se otorguen a personas que tengan una edad entre los 66 aos hasta 75 aos, tienen una vigencia de 5 aos. A partir de los 76 aos, la vigencia de la licencia de conducir ser de 3 aos».

Cmo ser el esquema para otorgar la licencia

  • Hasta los 65 aos, 10 aos de vigencia

  • De 66 a 75 aos, 5 aos de vigencia

  • A partir de los 76, 3 aos de vigencia

En tanto que la excepcin a esta medida ser para los condenados por delitos vinculados a la conduccin antirreglamentaria y para reiterantes de la infraccin de conduccin bajo los efectos del alcohol. En estos casos el plazo ser de 5 aos.

Requisitos para la renovacin

  • Que no haya transcurrido ms de un ao desde su vencimiento. Si transcurri dicho plazo, se considera como tramitacin de licencia nueva.

  • El arancel de renovacin ser del 50% para los mayores de 65 aos.

  • Presentar certificado de libre deuda de infracciones de trnsito.

  • Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiolgicas, neurolgicas, psicopatolgicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.

  • Aprobar un examen mdico psicofsico, en el que se determine su aptitud fsica, visual, auditiva y psquica para conducir.

  • No se exigir una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 aos, salvo expresa indicacin mdica o, para todos los casos, que haya transcurrido ms de un ao del vencimiento de su licencia.

  • El personal de la Polica de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan -funciones de chofer o motorista estar exento de los costos de las renovaciones.

Se espera que dentro de unos 10 das, el Poder Ejecutivo promulgar la norma, que ser el paso final para oficializar esta medida y comience a impactar en los centros de emisin de licencias de conducir, distribuidos en todos los departamentos de la provincia. 

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